96h: Persiguiendo hipervínculos

Viernes
08.01.10
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Dentro de poco la Audiencia Nacional perseguirá hipervínculos.
Sé que suena a paja mental. Pero no lo es.

Con la presentación del Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible llega también la persecución de las páginas webs en España. Y claro, estamos hablando de algo muy complejo. En primer lugar porque se pretende que sea la Audiencia quien en un proceso sumarísimo, y sin entrar en el fondo del asunto, cierre webs en cuatro días.  Antes, claro, hay que reformar algunas pequeñas cosas, como la Ley Orgánica del Poder Judicial, para que tengamos jurisdicción.

¿Recuerdan ustedes el jaleo que se armó para que Garzón no pudiera perseguir crímenes allende los mares? Pues esto viene a ser lo mismo pero a la inversa. Ahora vamos a reformar la ley para que la Sala de Lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que casi no tiene trabajo, persiga hipervínculos hasta un hosting malayo, tailandés, portorriqueño, neocelandés o de Sebastopol y suspenda la web a la velocidad del rayo en tan sólo 96 horas. Como medida cautelar y sin entrar en el fondo del asunto, oiga.

A la industria darle cursos a los jueces no les ha servido para nada, así que han tenido que apartarlos. Dominaban demasiado su materia.

David Bravo. Via Twitter.

El Ministerio de Cultura  quiere que un solo Juzgado se encargue de este tipo de procedimientos, y confía en crear en muy pocos meses una  ” jurisprudencia consistente”. Está claro que es una broma. No pueden pensar realmente eso. Fíjense ustedes que quieren que los jueces de lo contencioso-administrativo cierren webs atendiendo a una suerte de fumus boni iure (apariencia de buen derecho) siguiendo la recomendación de una Comisión de Propiedad Intelectual (bueno, parece que van a ser dos) dependiente del Ministerio de Cultura. Eso huele mal, ya desde el principio. Primero, porque los lobbies conseguirán copar esas comisiones. Tiempo al tiempo. Y entonces sálvese quien pueda.

Y segundo porque estamos hablando de una jurisdicción que no ha sido creada para defender la propiedad intelectual.

Porque vamos a ver. El artículo 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa dispone:

1.- Los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo conocerán de las pretensiones que se deduzcan en relación con la actuación de las Administraciones públicas sujeta al Derecho Administrativo, con las disposiciones generales de rango inferior a la Ley y con los Decretos legislativos cuando excedan los límites de la delegación.

¿Dónde queda ahí la Propiedad Intelectual? En todo caso debería ser la jurisdicción civil o mercantil quien conociese de estos asuntos, pero en ningún caso la contencionso-administrativa.

Otra cuestión será acotar la legitimación para presentar esas denuncias. ¿Dónde estarán los límites? ¿Estamos ante una nueva función de policía inquisitorial en pleno siglo XXI del Gobierno que pretende utilizar a la Administración de Justicia como brazo ejecutor?, ¿o sólo lo parece?

Evidentemente la legislación antipiratería -odio ese término- está a punto de desembarcar en nuestro país con unos planteamientos bastante pobres y en un estado embrionario que va a causar más problemas de los que llegará a solucionar, suponiendo que llegue a solucionar alguno.

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