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><channel><title>Raúl García</title> <atom:link href="http://raulgarcia.es/feed" rel="self" type="application/rss+xml" /><link>http://raulgarcia.es</link> <description>Blog Personal</description> <lastBuildDate>Tue, 09 Mar 2010 10:30:41 +0000</lastBuildDate> <language>en</language> <sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod> <sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency> <item><title>Entrega de Premios Bancaja 2009</title><link>http://raulgarcia.es/entrega-de-premios-bancaja-2009</link> <comments>http://raulgarcia.es/entrega-de-premios-bancaja-2009#comments</comments> <pubDate>Tue, 09 Mar 2010 10:30:41 +0000</pubDate> <dc:creator>Raúl García</dc:creator> <category><![CDATA[Networking]]></category> <category><![CDATA[Digitalix]]></category> <category><![CDATA[Netmobiz]]></category> <category><![CDATA[Premios Bancaja]]></category> <category><![CDATA[W3Futura]]></category><guid
isPermaLink="false">http://raulgarcia.es/?p=671</guid> <description><![CDATA[El proyecto empresarial del que soy socio, W3Futura, recibe hoy en la Fundación Bancaja uno de los galardones Premios Bancaja Jóvenes Emprendedores 2009 en la categoría Proyectos.
Nuestro pequeño gran proyecto ...]]></description> <content:encoded><![CDATA[<div
id="attachment_672" class="wp-caption aligncenter" style="width: 460px"><img
class="size-full wp-image-672" title="Digitalix" src="http://raulgarcia.es/wp-content/uploads/digitalixbcja.jpg" alt="Digitalix" width="450" height="150" /><p
class="wp-caption-text">Digitalix</p></div><p>El proyecto empresarial del que soy socio, <a
href="http://www.w3futura.com">W3Futura</a>, recibe hoy en la Fundación Bancaja uno de los galardones <a
href="http://raulgarcia.es/w3futura-gana-un-premio-bancaja">Premios Bancaja Jóvenes Emprendedores 2009</a> en la categoría Proyectos.</p><p>Nuestro pequeño gran proyecto está a un paso de hacerse mayor presentar en sociedad su primera línea de negocio, <a
href="http://digitalix.com">Digitalix</a>, con la que hemos obtenido el galardón.</p><p>Hoy es para nosotros un gran día, y casi nos hemos olvidado de lo difícil que puede ser renderizar una animación teniendo sólo 2 Gb de ram en la máquina.</p> ]]></content:encoded> <wfw:commentRss>http://raulgarcia.es/entrega-de-premios-bancaja-2009/feed</wfw:commentRss> <slash:comments>1</slash:comments> </item> <item><title>La retención de datos es necesaria</title><link>http://raulgarcia.es/la-retencion-de-datos-es-necesaria</link> <comments>http://raulgarcia.es/la-retencion-de-datos-es-necesaria#comments</comments> <pubDate>Thu, 04 Mar 2010 00:08:46 +0000</pubDate> <dc:creator>Raúl García</dc:creator> <category><![CDATA[Privacidad]]></category> <category><![CDATA[Protección de Datos]]></category> <category><![CDATA[Ley de Conservación de Datos]]></category> <category><![CDATA[retención de datos]]></category><guid
isPermaLink="false">http://raulgarcia.es/?p=641</guid> <description><![CDATA[Lamento discrepar con Enrique Dans. Pero sus argumentos en contra de la retención de datos me resultan jurídicamente endebles. En 2005 dijo que no había que retener ningún dato. Ahora, ...]]></description> <content:encoded><![CDATA[<p><div
id="attachment_642" class="wp-caption aligncenter" style="width: 460px"><img
src="http://raulgarcia.es/wp-content/uploads/traficodedatos.jpg" alt="Tráfico de Datos" title="Tráfico de Datos" width="450" height="150" class="size-full wp-image-642" /><p
class="wp-caption-text">Tráfico de Datos</p></div><br
/> Lamento discrepar con <a
href="http://www.enriquedans.com">Enrique Dans</a>. Pero sus argumentos en contra de la <strong>retención de datos</strong> me resultan <strong>jurídicamente endebles</strong>. En 2005 <a
href="http://www.enriquedans.com/2005/11/que-datos-hay-que-almacenar.html">dijo</a> que no había que retener ningún dato. Ahora, a raíz de la decisión del Tribunal Constitucional alemán de declarar inconstitucional la ley de almacenamiento de datos de telecomunicaciones para la persecución de delitos, crímenes y la prevención de acciones terroristas, <a
href="http://www.enriquedans.com/2010/03/el-tribunal-constitucional-aleman-prohibe-la-retencion-de-datos.html">afirma</a> que &#8220;una de las razones de peso esgrimidas contra las iniciativas de retención indiscriminada de datos es el hecho de que no sirven para nada&#8221;.<br
/> Lo que ocurre es que sus argumentos se contradicen en sí mismos. Y por favor, antes de crucificarme por quitarle la razón, dejad que me explique.<br
/> <span
id="more-641"></span><br
/> Transcribiré las palabras de Enrique para que tengamos claro de qué estamos hablando.</p><blockquote><p>Una de las razones de peso esgrimidas contra las iniciativas de retención indiscriminada de datos es el hecho de que no sirven para nada. Las políticas de retención de datos generan volúmenes de información demasiado grandes como para resultar útiles, y no contribuyen a una mayor seguridad, sino simplemente a que aquellos que pretenden llevar a cabo acciones contra la misma utilicen otros canales alternativos. Además, genera un silo de datos que podrían desde ser interpretados erróneamente (falsos positivos), a caer en manos equivocadas para fines completamente ajenos a la supuesta protección de los ciudadanos (ya hubo en su momento voces solicitando el uso de esos datos para perseguir, cómo no, cuestiones relacionadas con la propiedad intelectual). Son medidas caras, que las empresas repercuten en el precio de los servicios a sus usuarios, pero además, completamente inútiles por planteamiento. Intentar crear un estado policial en Internet es, además de caro y peligroso,</p></blockquote><p>Bien, en primer lugar dice que la retención indiscriminada de datos no sirve para nada. Arguye entre otras razones meramente económicas: repercute en el precio del servicio que pagan los usuarios, porque es un coste que tienen que asumir los operadores. También dice que se trata de crear un estado policial, que pueden ser mal interpretados y que en manos equivocadas se pueden utilizar para fines ajenos a la supuesta protección de los ciudadanos. Hay mucho que rebatirle.</p><p>Una cuestión básica en Derecho es que en ocasiones algunos derechos y libertades individuales <strong>deben ceder su preeminencia a otros más dignos de protección</strong>. ¿Un ejemplo? <em>Supongamos </em>que a través de un intercambio de correo electrónicos se ha planificado un atentado terrorista, y éste tiene lugar -Dios no lo quiera-, y mueren veinte personas. Sin retención de datos, la policía judicial nunca podría acceder a esta prueba de cargo porque hemos permitido que se anteponga a la retención de datos el derecho de otros a que no se sepa que enviaron correos con powerpoints en horas de trabajo. ¿Veis por donde voy? Pues <strong>no se trata de una exageración que busque reforzar mi argument</strong>o. Precisamente la retención de datos tiene por objeto perseguir delitos así de graves y serios. Si tenemos algo de imaginación podemos imaginar más supuestos. No es muy complicado.</p><p>Sigamos hablando de sus argumentos: <em>los grandes volúmenes de información no resultan útiles</em>. Vaya, no subestimemos la tecnología. Que no se trata de imprimir los registros y tener que leerlos uno a uno. Se trata de que los datos retenidos puedan ser cruzados y analizados por las fuerzas y cuerpos de seguridad de los Estados mediante sistemas informáticos. Esto nos lleva a los falsos positivos. Pueden darse, por supuesto. Pero también hay errores administrativos y judiciales todos los días, y por eso no nos oponemos a la existencia de las administraciones (en general). Si medimos la consecuencia que se busca evitar, indudablemente una intepretación errónea preventiva es preferible a la lamentación por la causación de un mal evitable. Vuelvo al mismo argumento: <strong>hay derechos que deben ceder ante otros</strong>.</p><p>Pero no todo lo que argumenta Enrique Dans me parece incorrecto. Dice que el uso con fines equivocados -esto es, fines privados, para la defensa de derechos de propiedad intelectual-, es completamente ajeno a la medida. Estoy de acuerdo. La retencion de datos debe tener un origen y un fin claramente jurídico-penal o en todo caso jurídico-administrativo en el puro sentido de la palabra (relaciones estado-administrados), pero nunca jurídico-civil. No se puede permitir que una sociedad de gestión acceda a estos datos. Aquí entra en juego la capacidad de mantener un sistema coherente y garantista por parte del Estado. Y si implica presión y control contínuo sobre los operadores que mantienen y custodian esos datos, pues será un mal menor.</p><p>De forma que si la retención de datos es empleada con todas las garantías legales, <strong>no se crea un estado policial</strong>, y por supuesto tampoco es algo peligroso. <strong>Que sea caro es otro cantar</strong>, pero evidentemente quien ha sido víctima de un ciberdelito seguramente contestará a Dans que<strong> hubiera pagado un par de euros más o tres al mes a su operador si esto hubiese permitido no ser una víctima</strong>. Ah claro, pero es que la total y absoluta libertad descontrolada parece que es un bien más digno de protección. ¿O no?.</p><p>En España tenemos la <a
href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l25-2007.html">Ley 25/2007 de Conservación de Datos</a>, de la que por otros motivos ya <a
href="http://raulgarcia.es/el-tribunal-supremo-ratifica-la-ley-de-conservacion-de-datos">hablamos anteriormente</a>.</p><p>Me parece interesante traer a colación parte de su Exposición de Motivos, porque una norma no sólo se entiende partiendo del tenor literal de su articulado, sino <em>oyendo lo que el legislador ha querido hacer de ella</em>. En nuestro caso, queda claro que<strong> los únicos fines contemplados son la detección, investigación y enjuiciamiento de delitos</strong>.</p><blockquote><p>El Capítulo I (Disposiciones Generales) se inicia describiendo su objeto, que básicamente se circunscribe a la determinación de la obligación de conservar los datos enumerados en el artículo 3, que se hayan generado o tratado en el marco de una comunicación de telefonía fija o móvil, o realizada a través de una comunicación electrónica de acceso público o mediante una red pública de comunicaciones. Igualmente, <strong>se precisan los fines que, exclusivamente, justifican la obligación de conservación, y que se limitan a la detección, investigación y enjuiciamiento de un delito contemplado en el Código Penal o las leyes penales especiales,</strong> con los requisitos y cautelas que la propia Ley establece.</p><p>En este capítulo también se precisan las limitaciones sobre el tipo de datos a retener, que son los necesarios para identificar el origen y destino de la comunicación, así como la identidad de los usuarios o abonados de ambos, pero nunca datos que revelen el contenido de la comunicación. Igualmente, la Ley impone la obligación de conservación de datos que permitan determinar el momento y duración de una determinada comunicación, su tipo, así como datos necesarios para identificar el equipo de comunicación empleado y, en el caso de utilización de un equipo móvil, los datos necesarios para su localización.</p></blockquote><p>Así por tanto <strong>yo sí entiendo que la retención de datos es necesaria</strong>. Y por supuesto, las afirmaciones de <a
href="http://dataretentionisnosolution.com">dataretentionisnosolution.com</a> que literalmente proclaman &#8220;la retención de datos implica que los gobiernos pueden interferir con tu vida privada y las comunicaciones privadas sin importar si eres o no sospechoso de un crimen&#8221; no son más que demagogia barata. La Unión Europea, si de algo peca precisamente, es de garante de libertades y derechos, y aunque siempre haya aspectos legislativos que mejorar, lo que no se puede es hacer creer a la sociedad que la retención de datos se usa indiscriminadamente. <strong>Porque la sociedad tiene que cumplir las leyes, pero no se las lee.</strong>. Y en ocasiones no basta sólo con leerlas. Eso puede hacerlo cualquiera. Hay que saber interpretarlas. <strong>Eso lo hacen unos señores con toga negra y puñetas.</strong> Y por suerte para los europeos, el ejemplo alemán es claro: lo que se ha castigado no es la permisión de retención de datos, sino<em> la falta de garantías para su aplicación</em>. Creo que es muy importante no confundir estos términos.</p> ]]></content:encoded> <wfw:commentRss>http://raulgarcia.es/la-retencion-de-datos-es-necesaria/feed</wfw:commentRss> <slash:comments>7</slash:comments> </item> <item><title>Tengo un Photoshop pirata &#8211; Las Provincias</title><link>http://raulgarcia.es/tengo-un-photoshop-pirata-las-provincias</link> <comments>http://raulgarcia.es/tengo-un-photoshop-pirata-las-provincias#comments</comments> <pubDate>Tue, 02 Mar 2010 13:54:30 +0000</pubDate> <dc:creator>Raúl García</dc:creator> <category><![CDATA[Derecho TICs]]></category> <category><![CDATA[Networking]]></category> <category><![CDATA[Aviso Legal]]></category> <category><![CDATA[Las Provincias]]></category> <category><![CDATA[piratería]]></category> <category><![CDATA[Propiedad Intelectual]]></category> <category><![CDATA[software]]></category><guid
isPermaLink="false">http://raulgarcia.es/?p=637</guid> <description><![CDATA[Analizamos el alcance y repercusión penal de tener instalado un software del que no se ha adquirido la necesaria licencia comercial, sino que se ha empleado un crack, keygen o ...]]></description> <content:encoded><![CDATA[<div
id="attachment_638" class="wp-caption aligncenter" style="width: 460px"><img
src="http://raulgarcia.es/wp-content/uploads/avisolegal.png" alt="Aviso Legal, en Las Provincias" title="Aviso Legal, en Las Provincias" width="450" height="75" class="size-full wp-image-638" /><p
class="wp-caption-text">Aviso Legal, en Las Provincias</p></div><blockquote><p>Analizamos el alcance y repercusión penal de tener instalado un software del que no se ha adquirido la necesaria licencia comercial, sino que se ha empleado un crack, keygen o activador para poder utilizarlo sin las limitaciones de tener una versión de demostración.</p><p><a
href="http://firmas.lasprovincias.es/raulgarcia/tengo-un-photoshop-pirata/" class="more-link">Leer artículo</a></p></blockquote> ]]></content:encoded> <wfw:commentRss>http://raulgarcia.es/tengo-un-photoshop-pirata-las-provincias/feed</wfw:commentRss> <slash:comments>2</slash:comments> </item> <item><title>España pregunta a la Unión cómo bloquear webs</title><link>http://raulgarcia.es/espana-pregunta-a-la-union-como-bloquear-webs</link> <comments>http://raulgarcia.es/espana-pregunta-a-la-union-como-bloquear-webs#comments</comments> <pubDate>Fri, 26 Feb 2010 12:06:53 +0000</pubDate> <dc:creator>Raúl García</dc:creator> <category><![CDATA[Derecho TICs]]></category> <category><![CDATA[European Consilium]]></category> <category><![CDATA[LES]]></category><guid
isPermaLink="false">http://raulgarcia.es/?p=630</guid> <description><![CDATA[En una escueta nota de prensa que ha hecho pública hoy por el diario El País, conocemos que la Presidencia de turno de la Unión, que corresponde al Gobierno español, ...]]></description> <content:encoded><![CDATA[<p><div
id="attachment_631" class="wp-caption aligncenter" style="width: 460px"><img
src="http://raulgarcia.es/wp-content/uploads/consilium.jpg" alt="European Union Flag and Consilium logo" title="European Union Flag and Consilium logo" width="450" height="150" class="size-full wp-image-631" /><p
class="wp-caption-text">European Union Flag and Consilium logo</p></div><br
/> En una escueta nota de prensa que ha hecho pública hoy por el diario <strong>El País</strong>, conocemos que la Presidencia de turno de la Unión, que corresponde al Gobierno español, pide a los socios europeos que aporten todo tipo de reflexiones acerca de la persecución de sitios de internet que tengan contenido racista, xenófobo y vulneren la propiedad intelectual, reconociendo el poco éxito que hasta el momento han tenido las actuaciones de la Unión.<br
/> <span
id="more-630"></span></p><blockquote><ol><li>¿Cómo se combaten los contenidos en internet de pornografía infantil así como los racistas y xenófobos y las vulneraciones a la propiedad intelectual, en su país? ¿Cabe bloquear en su país el acceso a páginas de internet con contenidos de esa clase?</li><li>¿Cómo considera que debería actuarse para combatir ese tipo de conductas a nivel de la Unión Europea?</li><li>¿Cómo podría actuarse contra los contenidos de ese tipo procedentes de servidores que emitan desde Estados no miembros de la Unión Europea?</li></ol></blockquote><p>El globo sonda lanzado a través del <a
href="http://firmas.lasprovincias.es/raulgarcia/reflexiones-sobre-la-les">Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible</a> tuvo un éxito tan nefasto a nivel nacional que la nueva estrategia parece pasar por una consensuación de actuaciones a nivel europeo. Es má fácil decir, por supuesto, que las cosas se hacen porque las pide la Unión. Pero tampoco creo que ese sea el camino.</p><p><small><br
/> Fuente | <a
href="http://www.elpais.com/articulo/tecnologia/Espana/pregunta/socios/europeos/bloqueo/paginas/Internet/elpeputec/20100226elpeputec_1/Tes">El País</a><br
/> Documento | <a
href="http://register.consilium.europa.eu/pdf/es/10/st06/st06692.es10.pdf">Nota de la Presidencia Europea a las Delegaciones</a><br
/> </small></p> ]]></content:encoded> <wfw:commentRss>http://raulgarcia.es/espana-pregunta-a-la-union-como-bloquear-webs/feed</wfw:commentRss> <slash:comments>6</slash:comments> </item> <item><title>El Tribunal Supremo ratifica la Ley de Conservación de Datos</title><link>http://raulgarcia.es/el-tribunal-supremo-ratifica-la-ley-de-conservacion-de-datos</link> <comments>http://raulgarcia.es/el-tribunal-supremo-ratifica-la-ley-de-conservacion-de-datos#comments</comments> <pubDate>Thu, 25 Feb 2010 10:50:15 +0000</pubDate> <dc:creator>Raúl García</dc:creator> <category><![CDATA[Derecho TICs]]></category> <category><![CDATA[LCD]]></category> <category><![CDATA[Tribunal Supremo]]></category><guid
isPermaLink="false">http://raulgarcia.es/?p=621</guid> <description><![CDATA[Que el Tribunal Supremo haya ratificado la Ley de Conservación de Datos no es, en principio, una buena noticia. Esta norma ratifica la Directiva 2006/24 CE. Hasta la entrada en ...]]></description> <content:encoded><![CDATA[<div
id="attachment_622" class="wp-caption aligncenter" style="width: 460px"><img
src="http://raulgarcia.es/wp-content/uploads/tribunalsupremo.jpg" alt="Tribunal Supremo, España" title="Tribunal Supremo" width="450" height="150" class="size-full wp-image-622" /><p
class="wp-caption-text">Tribunal Supremo, España</p></div><p>Que el Tribunal Supremo haya ratificado la <a
href="http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-2007-18243">Ley de Conservación de Datos</a> no es, en principio, una buena noticia. Esta norma ratifica la <a
href="http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:32006L0024:EN:HTML">Directiva 2006/24 CE</a>. Hasta la entrada en vigor de esta ley, jueces, fiscales y policía judicial pedían directamente a los operadores de telecomunicaciones para averiguar la identidad de los usuarios que se escondía tras una dirección IP. Esto permitía la persecución en términos bastante ágiles de delitos cometidos a través de internet. Pero la transposición de esta Directiva en la ley nacional sólo permite a los jueces la obtención de dichos datos, siempre que los delitos enjuiciados tengan la consideración de graves, es decir, conlleven entre otros una pena de privación de libertad superior a 5 años (<a
href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l1t3.html#c1s1">art. 33.2 CP</a>). Y aquí es donde está la pega.</p><p><span
id="more-621"></span></p><p>Porque la persecución de delitos como estafas por phising, intromisiones en sistemas, sabotaje informático, o incluso la pornografía infantil (<a
href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t8.html#c5">189CP</a>) se castigan con penas inferiores a 5 años salvo que concurra alguno de los agravantes previstos en la norma. Así que claro, se imposibilita que de oficio un fiscal o un agente de la policía judicial, incluso del <a
href="http://www.gdt.guardiacivil.es/">GDT</a> de la Guardia Civil pueda solicitar directamente estos datos a un operador, teniendo que cruzar los dedos para que el delito sea considerado grave a efectos penales porque, de no serlo, la LCD les va a impedir su persecución.</p><p>Afortunadamente para nosotros, ya comenzamos a encontrar en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional alguna sentencia en que se otorga a la trascendencia del delito, consecuencia de su potencialidad lesiva por el carácter universal que tiene su difusión, la calificación de grave para dar cobijo a determinadas actuaciones indagatorias que, de otra forma, quedarían imposibilitadas o resultarían inconstitucionales por ser desproporcionadas. Me refiero a la STC Sala 2ª de 3 abril 2006 (EDJ 2006/42683). Y cito.</p><blockquote><p>En efecto, la <strong>trascendencia social y la relevancia jurídico-penal de los hechos</strong>, a efectos de legitimar el recurso a la limitación del derecho fundamental al secreto de las comunicaciones, <strong>deriva en el caso de la potencialidad lesiva del uso de instrumentos informáticos para la comisión del delito</strong>, pues no cabe duda de que la tecnología informática facilita la comisión de los delitos contra la propiedad intelectual, no sólo en cuanto a la grabación o reproducción no autorizada de los CD&#8217;s, sino sobre todo en lo relativo a la distribución y venta de los productos sin autorización de los legítimos titulares de los derechos de propiedad intelectual, de modo tal que el elevadísimo número de personas a quienes accede la publicidad contenida en la página web y su rápida difusión hace previsible, en el momento en que se adopta la medida, <strong>un hipotético perjuicio económico muy elevado, con independencia del perjuicio real producido en el caso.</strong></p></blockquote> ]]></content:encoded> <wfw:commentRss>http://raulgarcia.es/el-tribunal-supremo-ratifica-la-ley-de-conservacion-de-datos/feed</wfw:commentRss> <slash:comments>3</slash:comments> </item> <item><title>Of trolls and mice &#8211; Las Provincias</title><link>http://raulgarcia.es/of-trolls-and-mice-las-provincias</link> <comments>http://raulgarcia.es/of-trolls-and-mice-las-provincias#comments</comments> <pubDate>Tue, 23 Feb 2010 11:34:18 +0000</pubDate> <dc:creator>Raúl García</dc:creator> <category><![CDATA[Networking]]></category> <category><![CDATA[Aviso Legal]]></category> <category><![CDATA[Las Provincias]]></category> <category><![CDATA[trolls]]></category> <category><![CDATA[wordpress]]></category><guid
isPermaLink="false">http://raulgarcia.es/?p=615</guid> <description><![CDATA[Los trolls han aparecido en las Firmas de Las Provincias. Sí, son esos pequeños e insidiosos comentarios que no aportan nada, sino que restan valor y nos hacen perder el ...]]></description> <content:encoded><![CDATA[<div
id="attachment_638" class="wp-caption aligncenter" style="width: 460px"><img
src="http://raulgarcia.es/wp-content/uploads/avisolegal.png" alt="Aviso Legal, en Las Provincias" title="Aviso Legal, en Las Provincias" width="450" height="75" class="size-full wp-image-638" /><p
class="wp-caption-text">Aviso Legal, en Las Provincias</p></div><blockquote><p>Los trolls han aparecido en las Firmas de Las Provincias. Sí, son esos pequeños e insidiosos comentarios que no aportan nada, sino que restan valor y nos hacen perder el tiempo a los autores. Mal si moderas, peor si no lo haces. Así que voy a dedicarles unas palabras. Aunque sea una obvia pérdida de tiempo.</p><p><a
class="more-link" href="http://firmas.lasprovincias.es/raulgarcia/of-trolls-and-men">Leer Artículo</a></p></blockquote> ]]></content:encoded> <wfw:commentRss>http://raulgarcia.es/of-trolls-and-mice-las-provincias/feed</wfw:commentRss> <slash:comments>3</slash:comments> </item> <item><title>Videochat en Las Provincias</title><link>http://raulgarcia.es/videochat-en-las-provincias</link> <comments>http://raulgarcia.es/videochat-en-las-provincias#comments</comments> <pubDate>Fri, 19 Feb 2010 08:00:20 +0000</pubDate> <dc:creator>Raúl García</dc:creator> <category><![CDATA[Networking]]></category> <category><![CDATA[encuentro digital]]></category> <category><![CDATA[Las Provincias]]></category> <category><![CDATA[videochat]]></category><guid
isPermaLink="false">http://raulgarcia.es/?p=606</guid> <description><![CDATA[Hoy viernes, a mediodía, estaré en Las Provincias para tener un videochat (o Encuentro Digital) con sus lectores. Hablaremos de nuevas tecnologías, derecho, la neutralidad de la red, descargas, p2p ...]]></description> <content:encoded><![CDATA[<div
id="attachment_607" class="wp-caption aligncenter" style="width: 460px"><img
class="size-full wp-image-607" src="http://raulgarcia.es/wp-content/uploads/videochat.jpg" alt="Videochat en Las Provincias" width="450" height="150" /><p
class="wp-caption-text">Videochat en Las Provincias</p></div><p>Hoy viernes, a mediodía, estaré en <a
href="http://www.lasprovincias.es">Las Provincias</a> para tener un <a
href="http://videochat.lasprovincias.es/videochat.php?videochat=raulgarcia">videochat</a> (o Encuentro Digital) con sus lectores. Hablaremos de nuevas tecnologías, derecho, la neutralidad de la red, descargas, p2p y piratería, y todo aquello que los lectores tengáis a bien preguntar.</p><p>Enlace | <a
href="http://videochat.lasprovincias.es/videochat.php?videochat=raulgarcia">Videochat en Las Provincias</a></p> ]]></content:encoded> <wfw:commentRss>http://raulgarcia.es/videochat-en-las-provincias/feed</wfw:commentRss> <slash:comments>1</slash:comments> </item> <item><title>Firmas en Las Provincias &#8211; Pidamos perdón por la tecnología</title><link>http://raulgarcia.es/firmas-en-las-provincias-pidamos-perdon-por-la-tecnologia</link> <comments>http://raulgarcia.es/firmas-en-las-provincias-pidamos-perdon-por-la-tecnologia#comments</comments> <pubDate>Thu, 18 Feb 2010 22:40:23 +0000</pubDate> <dc:creator>Raúl García</dc:creator> <category><![CDATA[Networking]]></category> <category><![CDATA[Aviso Legal]]></category> <category><![CDATA[Las Provincias]]></category><guid
isPermaLink="false">http://raulgarcia.es/?p=611</guid> <description><![CDATA[Pidamos perdón por la tecnología
El fin de semana pasado se presentaron 3 millones de firmas contra el canon digital al Congreso de los Diputados. Reflexionemos brevemente acerca de qué supone ...]]></description> <content:encoded><![CDATA[<div
id="attachment_525" class="wp-caption aligncenter" style="width: 460px"><img
src="http://raulgarcia.es/wp-content/uploads/montblanc.jpg" alt="Pluma Montblanc" title="montblanc" width="450" height="150" class="size-full wp-image-525" /><p
class="wp-caption-text">Pluma Montblanc</p></div><h5>Pidamos perdón por la tecnología</h5><blockquote><p>El fin de semana pasado se presentaron 3 millones de firmas contra el canon digital al Congreso de los Diputados. Reflexionemos brevemente acerca de qué supone el canon y por qué debería ser suprimido inmediatamente.</p><p><a
class="more-link" href="http://firmas.lasprovincias.es/raulgarcia/pidamos-perdon-por-la-tecnologia" target="_blank">Leer Artículo</a></p></blockquote> ]]></content:encoded> <wfw:commentRss>http://raulgarcia.es/firmas-en-las-provincias-pidamos-perdon-por-la-tecnologia/feed</wfw:commentRss> <slash:comments>3</slash:comments> </item> <item><title>Firmas en Las Provincias &#8211; La neutralidad de la red</title><link>http://raulgarcia.es/firmas-en-las-provincias-la-neutralidad-de-la-red</link> <comments>http://raulgarcia.es/firmas-en-las-provincias-la-neutralidad-de-la-red#comments</comments> <pubDate>Thu, 11 Feb 2010 15:10:47 +0000</pubDate> <dc:creator>Raúl García</dc:creator> <category><![CDATA[Networking]]></category> <category><![CDATA[Aviso Legal]]></category> <category><![CDATA[Google]]></category> <category><![CDATA[Las Provincias]]></category> <category><![CDATA[neutralidad de la red]]></category> <category><![CDATA[Telefónica]]></category><guid
isPermaLink="false">http://raulgarcia.es/?p=599</guid> <description><![CDATA[La neutralidad de la red
Cuando hablamos de la neutralidad de la red lo hacemos de un principio con una doble vertiente. Por un lado, hablamos del derecho a los usuarios ...]]></description> <content:encoded><![CDATA[<div
id="attachment_525" class="wp-caption aligncenter" style="width: 460px"><img
src="http://raulgarcia.es/wp-content/uploads/montblanc.jpg" alt="Pluma Montblanc" title="montblanc" width="450" height="150" class="size-full wp-image-525" /><p
class="wp-caption-text">Pluma Montblanc</p></div><h5>La neutralidad de la red</h5><blockquote><p>Cuando hablamos de la neutralidad de la red lo hacemos de un principio con una doble vertiente. Por un lado, hablamos del derecho a los usuarios al acceso a contenidos, servicios y aplicaciones sin injerencias de proveedores de acceso o gobiernos. Por otro lado, tratamos el derecho a los operadores de red a quedar exentos de responsabilidad por la transmisión de contenidos y aplicaciones que puedan llegar a considerarse ilegales por terceros.</p><p><a
href="http://firmas.lasprovincias.es/raulgarcia/la-neutralidad-de-la-red" class="more-link" target="_blank">Leer Artículo</a></p></blockquote> ]]></content:encoded> <wfw:commentRss>http://raulgarcia.es/firmas-en-las-provincias-la-neutralidad-de-la-red/feed</wfw:commentRss> <slash:comments>1</slash:comments> </item> <item><title>Safer Internet Day 2010</title><link>http://raulgarcia.es/safer-internet-day-2010</link> <comments>http://raulgarcia.es/safer-internet-day-2010#comments</comments> <pubDate>Tue, 09 Feb 2010 09:00:27 +0000</pubDate> <dc:creator>Raúl García</dc:creator> <category><![CDATA[Privacidad]]></category> <category><![CDATA[Safer Internet Day]]></category> <category><![CDATA[SID]]></category><guid
isPermaLink="false">http://raulgarcia.es/?p=591</guid> <description><![CDATA[El Safer Internet Day (día Internacional de la Internet Segura) es un evento que tiene lugar cada mes de febrero. su objetivo es difundir el uso responsable y seguro de ...]]></description> <content:encoded><![CDATA[<div
id="attachment_592" class="wp-caption aligncenter" style="width: 460px"><img
src="http://raulgarcia.es/wp-content/uploads/saferinternetday2010.jpg" alt="Safer Internet Day 2010" title="Safer Internet Day 2010" width="450" height="150" class="size-full wp-image-592" /><p
class="wp-caption-text">Safer Internet Day 2010</p></div><p>El <strong>Safer Internet Day</strong> (día Internacional de la Internet Segura) es un evento que tiene lugar cada mes de febrero. su objetivo es difundir el uso responsable y seguro de las nuevas tecnologías, especialmente entre jóvenes y menores.<br
/> <span
id="more-591"></span><br
/> El SID ha adoptado como eslogan <strong>Think B4 U post!</strong> (<em>¡Piensa antes de publicar!</em>), y está promovido en España por la <a
href="http://www.protegeles.com/">Asociación Protégeles</a>, una Asociación sin ánimo de lucro que lucha contra la pornografía infantil. Este año se aborda el tema de la prevención y difusión de imágenes y contenidos inapropiados en internet por parte de los menores.</p> ]]></content:encoded> <wfw:commentRss>http://raulgarcia.es/safer-internet-day-2010/feed</wfw:commentRss> <slash:comments>2</slash:comments> </item> </channel> </rss>
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