25.03.2010
Privilegios inmerecidos – Las Provincias

Aviso Legal, en Las Provincias
Leo en El País que el Juzgado de Instrucción número 2 de Alicante ha ordenado el cierre de 16 páginas web de descargas, por considerar que se trata de sitios que el propietario utiliza para la realización de actividades delictivas. Detrás de un titular explosivo para los tiempos convulsos que sufrimos (“Un juez ordena el bloqueo de 16 webs de descargas no autorizadas de películas“) hay un artículo en la línea de los que gusta redactar el señor Ramón Muñoz, y que, como habitualmente ocurre, no suelen agradarme. Pero dejo ahí el enlace para que quien guste en leerlo, lea.
Bien, a lo que íbamos. Tenemos 16 webs de un mismo señor bloquedas cautelarmente en un procedimiento penal. Además es un señor al que ya habían absuelto anteriormente en una causa seguida en otro Juzgado, entiendo que básicamente por lo mismo. Tenemos sentencias de Lo Mercantil desestimando las peticiones de las sociedades gestoras contra webs de enlaces a descargas. Tenemos autos sobreseyendo actuaciones seguidas contra páginas de enlaces. Tenemos cierres cautelares de páginas de enlaces revocados y condenas por mala fe contra sociedades de gestión. E incluso sentencias en que se desvirtúa el ansia recaudatoria de las mismas sociedades de gestión y se introducen las particularidades del copyleft y la música libre en la difusión pública. Es decir, que el sistema judicial funciona, se mueve y da o quita la razón a quien debe.
Otra cosa es que esto guste, que no viene siendo el caso, a las sociedades gestoras y algunos otros sujetos. Transcribo unos pasajes de la carta dirigida al Consejo General del Poder Judicial por David Bravo:
El secretario sectorial de Comunicación Social, Cultura y Deporte de UGT, Carlos Ponce, al ser preguntado por la última resolución que manifiesta que las páginas de enlaces no vulneran derechos de propiedad intelectual, mostró su indignación con la misma declarando que confiaba que se aprobara la Ley de Economía Sostenible para “detener las sentencias que puedan atentar contra los derechos de propiedad intelectual”. Según informa EFE, a continuación indicó que “de ello” se encargaría “una nueva comisión parlamentaria que se establecería con representantes de la industria y de los consumidores”.
Marisa Castelo, abogada de la industria de los contenidos, ofreció hace unos meses una entrevista online en el periódico ABC donde también puso las cartas sobre la mesa. Tras defender a ultranza la reforma que estamos comentando y, ante la pregunta de si se “ganan muchas demandas por violaciones de propiedad intelectual en internet”, la letrada contesta: “has dado en el clavo” y agregó que “la necesidad de esta reforma surge sencillamente de que no se está aplicando el Código Penal de manera correcta”.
La cuestión es que en este país se quiere confundir el derecho a la justicia con el derecho a que tu pretensión venza en juicio. Lamentablemente, cuando hay un procedimiento suele ocurrir que una parte gana y la otra pierde. Esto es como una partida de póker, con dos jugadores, unas normas y un croupier. Resulta que, siendo la norma común a la partida, y teniendo la suerte en contra, uno de los jugadores decide atacar al croupier, quien ya ha demostrado debidamente su solvencia y profesionalidad, y como aquello no surte efecto, ahora busca la forma de marcar la baraja.
La rumorología apunta a que la Ministra no llegó a la Moncloa por casualidad, sino que esto es un movimiento orquestado por ciertos lobbies, y del que ahora estamos comenzando a ver la punta del iceberg. ¿Se imaginan que estos rumores tuvieran fundamento?
Ahora bien, vayamos un paso más allá tomando como escenario el que planteo unos párrafos más arriba. Si tenemos un sistema que funciona, y con los cauces actuales se resuelven los conflictos entre particulares que tienen por objeto la defensa de derechos de propiedad intelectual, ¿dónde está la necesidad de cambiarlo? ¿Por qué resulta necesario inyectar dinero extra en agilizar la impartición de justicia para un determinado núcleo de ciudadanos que puede que no suponga apenas un ínfimo porcentaje de ciudadanos españoles? ¿Acaso el derecho de propiedad intelectual merece tal protección extraordinaria?
Puestos a crear comisiones que traerán consigo gasto de dinero público, ¿por qué no gastarlo en la dinamización, modernización y estímulo de una administración de justicia mediocre, que sólo resulta salvada por los grandes profesionales que trabajan en ella? ¿por qué no destinar más partidas presupuestarias a la justicia gratuita, al turno de oficio, a personal y medios que suplan las carencias y deficiencias que se detectan en muchísimos partidos judiciales? ¿es acaso más importante que todo ello defender de forma sumarísima los derechos de propiedad intelectual de unos pocos, siendo que actualmente no se hallan desamparados? Si un pleito civil, mercantil o penal tarda equis meses en resolverse, y las partes interesadas, a veces con montantes económicos en juego muchísimo más importantes que los que pueda haber en juego en estos pleitos contra páginas webs y supuesta piratería, asumen la justicia tal cual es y tal cual funciona, ¿por qué deberíamos permitir que se favoreciese el interés de unos pocos en detrimento del resto?
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